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Artículo 4 de la Ley de Tuval - Autosuficiencia

Descripción

Ley de Tuval, artículo 4 - Autosuficiencia
Los Bandidos de Gahaz deben obtener sus artículos de primera necesidad y sus ganancias mediante sus propios medios.
Esto incluye individuos y organizaciones.
Sin embargo, en el caso de un objeto obtenido por una de las organizaciones, este se podrá distribuir según las leyes de dicha organización. Todo está permitido en ese sentido siempre que no se quebrante la Ley de Tuval.

Obtención

Se puede obtener completando una misión
«[Ley de Tuval] Daños, autoridad y autosuficiencia»

Categoría de conocimiento1